El rol de las empresas colombianas en la protección de los Derechos Humanos

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La debida diligencia en derechos humanos es un compromiso vital para la operación y reputación de las empresas colombianas

Bogotá, junio de 2024.  En un mundo cada vez más consciente de la responsabilidad social corporativa, las empresas colombianas están liderando el camino en la implementación de procesos de Debida Diligencia en Derechos Humanos. Este proceso es altamente beneficioso para estas, dado que las cadenas de suministro de materias primas, por ejemplo, están localizadas en nuestro continente y las empresas compradoras en el extranjero tenderán a favorecer a proveedores que no impliquen riesgos legales o de reputación debido a posibles impactos adversos en los derechos humanos.

Iniciado por el Pilar II de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2011, el proceso de Debida Diligencia en Derechos Humanos ha evolucionado significativamente, respaldado por las Guías de Debida Diligencia en Conducta Empresarial Responsable de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Este enfoque busca que las empresas identifiquen, prevengan, mitiguen, remedien y comuniquen públicamente sus gestiones de riesgos adversos en derechos humanos y ambientales.

“Hemos encontrado dentro de nuestra práctica internacional que Colombia es uno de los países de América Latina más avanzados en la materia de debida diligencia, ya que un enorme porcentaje de sus grandes y más representativas empresas ya cuentan con procesos de debida diligencia. En el sector extractivo, por ejemplo, una empresa colombiana fue piloto para la creación del Pilar II de los Principios Rectores, y otra de sus empresas se encuentra muy bien ranqueada año tras año en el Corporate Human Rights Benchmark.” afirmó Tatiana Londoño, Counsel en Derechos Humanos de CMS Rodríguez-Azuero.

Aunque el respeto a los derechos humanos es una obligación legal para todas las empresas en Colombia, la debida diligencia es un proceso de autorregulación. Sin embargo, la jurisprudencia nacional e internacional subraya su importancia, con la Corte Constitucional afirmando que las empresas deben realizar debida diligencia de acuerdo con los Principios Rectores de la ONU.

Además, la Superintendencia de Sociedades ha recomendado que las empresas emitan informes de sostenibilidad que incluyan información sobre debida diligencia en derechos humanos, y la Defensoría del Pueblo ha preparado un proyecto de ley que busca hacer obligatoria la debida diligencia en derechos humanos para empresas grandes y medianas del país.

“Para implementar este proceso, las empresas deben realizar evaluaciones periódicas de impactos en derechos humanos, involucrando tanto a partes internas como externas. Luego, deben integrar estrategias para prevenir, mitigar y remediar los impactos adversos identificados, así como comunicar públicamente su gestión, generalmente a través de informes de sostenibilidad” añadió Tatiana Londoño.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha emitido ya varias sentencias contra países como Honduras, Surinam, Chile y más recientemente Perú, en los que afirma que todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector económico o geográfico, deben adelantar estos procesos de debida diligencia según estándares internacionales. Recordemos que la Corte Constitucional ha considerado que la jurisprudencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos hace parte del Bloque de Constitucionalidad en sentido lato, es decir, que sirven como base para interpretar las obligaciones internacionales de Derechos Humanos aplicables a Colombia.

Este compromiso con la Debida Diligencia en Derechos Humanos refleja el creciente reconocimiento de las empresas colombianas sobre su papel en la protección y promoción de los derechos humanos, tanto a nivel nacional como internacional.

Fuente: BABEL GROUP