Conozca cuáles son los beneficios que propone la ley aprobada para el trabajo desde casa
Por: Cristian Acosta Argote
El articulado precisa que este esquema de trabajo puede ser aplicado en circunstancias especiales de orden público, como la pandemia
El proyecto de ley que regula el trabajo en casa pasó a conciliación tanto en el Senado como en la Cámara de Representantes, definiendo así los beneficios y límites para empleadores y colaboradores.
Con 94 votos a favor en el último debate, la normativa plantea que esta modalidad de trabajo se basa en la prestación de las labores o funciones en un lugar diferente a las instalaciones de la empresa o entidad. Se pactará en un principio por tres meses, pero se puede extender según la necesidad entre las partes.
El articulado precisa que este esquema de trabajo puede ser aplicado en circunstancias especiales de orden público, como la actual pandemia, que obligará al empleador a conciliar con sus empleados la alternativa de trabajo en casa con todos los elementos que lo componen.
Este nuevo escenario laboral digital obliga al empleador a tener en cuenta ciertas consideraciones. Una de ellas es que si antes el auxilio de transporte era imperante, hoy en día se convierte en un auxilio de conectividad digital, que será equiparable si la empresa está bajo la modalidad de trabajo en casa. Por esta razón, la ley afirma que el empleador deberá ofrecer poco más de $100.000 (aproximadamente) a sus trabajadores para tener una óptima conexión.
La norma también plantea el derecho a la desconexión laboral, lo cual constituye un derecho fundamental del trabajador y radica en apartarse de sus tareas laborales cuando termine la jornada. Se establece que la jornada máxima debe ser de ocho horas diarias y de 48 horas a la semana.
El trabajador también podrá reclamar legalmente cuando considere que su carga habitual de trabajo se está viendo afectada por otras tareas que generan más responsabilidad. Las horas extras no podrán superar las dos horas diarias ni 12 horas semanales. Se respetarán permisos, vacaciones, feriados, licencias con el fin de conciliar su vida personal, familiar y laboral”.
Fuente: asuntos:legales